Subvenciones para la contratacion en practicas y su transformacion en contratos indefinidos de jovenes titulados en Extremadura.
Orden 6 de septiembre de 2017, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas y su transformación en contratación indefinida de jóvenes titulados en Extremadura, regulada en el Decreto 135/2017 de 29 de Agosto.
Objeto.
Subvenciones destinadas a fomentar la contratación en prácticas y su transformación en contratación indefinida de personas jóvenes con titulación en Extremadura a través de dos programas:
· Programa I: ayuda a la contratación en prácticas de personas jóvenes tituladas universitarias o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, o de certificado de profesionalidad.
· Programa II: ayudas a la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas subvencionados del programa I.
Beneficiarios.
Pymes, profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, sociedades civiles y uniones temporales de empresas.
Contratos subvencionables.
1. Para el programa I serán subvencionables las contrataciones efectuadas mediante la modalidad de contrato de trabajo en prácticas de personas menores de 30 años, con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, ó certificado de profesionalidad, que en el momento de la contratación carezcan de ocupación laboral.
Dichas contrataciones deberán efectuarse a jornada completa y con una duración inicial mínima de 6 meses.
2. Las personas trabajadoras contratadas en prácticas para el programa I, deben figurar inscritos en el momento de la contratación en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
3. Para el programa II, serán objeto de subvención, la transformación en indefinidos de los contratos en prácticas subvencionados del programa I. La jornada laboral de los contratos indefinidos deberá ser como mínimo del 70% de la jornada.
4. Los puestos de trabajo de los contratos en prácticas deberán adecuarse a la titulación de la personas trabajadora y estar encuadrado en el grupo de cotización que corresponda con dicha titulación.
5. Los contratos en prácticas deberán formalizarse por escrito, haciendo constar la titulación expresa de la persona trabajadora.
6. La remuneración bruta deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior, en cómputo anual y para una jornada completa a las siguientes cantidades:
· Titulación universitaria: 18.000€/año (incluidas pagas extras)
· FPII: 14.000€ /año (incluidas pagas extras)
· FPI: 12.000€/año (incluidas pagas extras)
Cuantía de la subvención.
Programa I:
a). Titulación universitaria
· Contrato 6 meses: 5.000€
· Contrato 9 meses: 7.500€
· Contrato 12 meses: 10.000€
b). FP II
· Contrato 6 meses: 4.000€
· Contrato 9 meses: 6.000€
· Contrato 12 meses: 8.000€
c). FPI y Certificados de Profesionalidad
· Contrato 6 meses: 3.500€
· Contrato 9 meses: 5.250€
· Contrato 12 meses: 7.000€
Programa II:
a). Mujer
· Transformación del contrato 6 meses: 7.000€
· Transformación del contrato 9 meses: 6.000€
· Transformación del contrato 12 meses: 5.500€
b). Hombre
· Transformación del contrato 6 meses: 5.500€
· Transformación del contrato 9 meses: 4.500€
· Transformación del contrato 12 meses: 4.000€
Quedan excluidas de la ayuda las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Obligaciones de los beneficiarios.
· Programa I: mantener el contrato de trabajo como mínimo 6 meses a jornada completa.
· Programa II: mantener la contratación indefinida durante un periodo mínimo de 24 meses.
En ambos programas, los beneficiarios están obligados a mantener el nivel de empleo indefinido existente en la empresa el día anterior a la contratación objeto de subvención.
Plazos de la convocatoria.
El plazo para presentar la solicitud de esta subvención finalizará el 21 de septiembre de 2018. Los interesados deberán solicitar las subvenciones en el plazo de dos meses desde la realización de la contratación.