KIT DIGITAL (Segmento II)
PROGRAMA KIT DIGITAL para empresas del SEGMENTO II (ENTRE 3 Y MENOS DE 10 EMPLEADOS) regulada en la orden de convocatoria ETD/1498/2021 de 29 de diciembre, modificada por la orden ETD/734/2022, de 26 de julio.
Objeto.
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas autónomas.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados).
No podrán ser beneficiarias: las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización; las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público; los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica, las uniones temporales de empresas (UTE), las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores, las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.
Actividades subvencionables.
· Sitio Web y Presencia básica en Internet:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
· Comercio electrónico:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
· Gestión de Redes Sociales:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.500 €
· Gestión de Clientes:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
· Business Intelligence y Analítica:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
· Gestión de Procesos:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 3.000 € (incluye 3 usuarios)
· Factura Electrónica:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 3 usuarios)
· Servicios y herramientas de Oficina Virtual:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 250 € por usuario (hasta 9 usuarios)
· Comunicaciones Seguras:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por usuario (hasta 9 usuarios)
· Ciberseguridad:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos)
· Presencia avanzada en Internet:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
· Marketplace:
o Meses de prestación del servicio: 12
o Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
* Siendo X el número de empleados.
Intensidad de la ayuda.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 6.000 €
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.
Plazo y lugar de presentación de la solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será de doce 12 meses, computándose desde el 2 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas hasta el 2 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas
Las solicitudes se presentarán únicamente a través del formulario automatizado a través de la sede electrónica de red.es (https://sede.red.gob.es/)