Ayudas para la mejora competitiva del pequeño comercio minorista en Extremadura para el ejercicio 2020.
Resolución 27 de diciembre de 2019 por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2019 de las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura, regulada en el Decreto 241/2013 del 23 de Diciembre, modificada por el Decreto 278/2014 y por el Decreto 308/2015.
Objeto.
La presente orden tiene por objeto realizar la convocatoria para el ejercicio 2019 de las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura.
Beneficiarios.
Pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A del Decreto 241/2013, de 23 de diciembre.
El beneficiario deberá mantener el destino de los bienes que hayan sido objeto de subvención y aplicarlos a la finalidad prevista en la solicitud de concesión durante un periodo mínimo de 5 años a contar desde la justificación por parte del beneficiario de la ejecución del proyecto.
Actividades y gastos subvencionables.
· Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al mismo.
· La adquisición de mobiliario.
· La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad.
· La adquisición de equipamiento comercial específico para la sala de ventas.
· La adquisición de terminales de puntos de venta.
· La adquisición de programas de gestión.
· Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes.
· Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.
· Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento comercial.
· Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético.
El proyecto de inversión deberá contemplar la adquisición de un terminal punto de venta, salvo en el caso de que ya dispusiera de él, en cuyo caso deberá ser acreditado.
Cuantía de la subvención.
Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por establecimiento de 20.000 euros.
Plazo de presentación de la solicitud.
Serán admitidas las solicitudes presentadas hasta el 20 de Febrero de 2020.